2009 30 de septiembre 2009
El Informe de la Revisión de tribunales civiles
Como se preveía, el informe fue publicado esta mañana en esta dirección. Está dividido en dos volúmenes, disponibles en formato pdf; Tomo 1 es de 375 páginas y Tomo 2 es 323. Hay un máximo de nueve sinopsis de la página que se cita a continuación en su totalidad. Comentario seguirá adelante.
Antecedentes para el examen
En febrero de 2007 el entonces Ministro de Justicia, Cathy Jamieson, preguntó el Lord Justice Clerk, el Rt. Hon. Señor Gill, para llevar a cabo un amplio examen del sistema de tribunales civiles en Escocia. El mandato de la revisión fue como sigue:
Para revisar la disposición de la justicia civil por los tribunales en Escocia, incluyendo su estructura, competencia, procedimientos y métodos de trabajo, teniendo especialmente en cuenta
• el costo de los litigios a las partes y para el erario público;
• El papel de la mediación y otros métodos de solución de controversias en relación con el proceso judicial;
• el desarrollo de métodos modernos de comunicación y manejo de casos, y
• la cuestión de la especialización de los tribunales o procedimientos, incluida la relación entre los tribunales civiles y penales;
y que informe dentro de 2 años, haciendo recomendaciones para introducir cambios con el fin de mejorar el acceso a la justicia civil en Escocia, la promoción de la pronta solución de las controversias, haciendo el mejor uso de los recursos, y asegurar que los casos se tratan de manera que sean proporcionales a los valor, la importancia y la complejidad de las cuestiones planteadas.
Moderno El informe del Ejecutivo escocés 'Leyes una Escocia moderna ", explicó los antecedentes de la decisión de iniciar la revisión. Se establecen las cuestiones clave que la revisión se esperaba que la dirección y los principios que el Ejecutivo consideró que sustentan su labor.
La Junta del Proyecto, el Grupo de Política y el equipo de
El examen comenzó su labor en abril de 2007, cuando el Señor Secretario de Justicia estuvo acompañado en la Junta del Proyecto por:
El Honorable Señor McEwan; Sheriff Principal James Taylor, Director del Sheriff de Glasgow y Strathkelvin, y el sheriff Mhairi Stephen, el sheriff de Edimburgo.
La Junta fue asistido por una directiva de grupo que incluye a personas con conocimientos específicos y experiencia en diversos aspectos de la justicia civil. Apoyo administrativo y de investigación fue proporcionada por el equipo encabezado por la Sra. Lindsey Nicoll, como Secretario de la revisión. Más detalles se pueden encontrar en el informe, el capítulo 1.
Consulta
En noviembre de 2007, la revisión emitió un amplio documento de consulta y recibió más de 200 respuestas, a partir de: la profesión de abogado; los gobiernos locales, organizaciones voluntarias, las compañías de seguros; los sindicatos, y otros. Aparte de que se solicitó la confidencialidad, todas las respuestas a la consulta, así como el documento de consulta en sí, se puede encontrar en el sitio web de tribunales civiles de Examen en http://www.scotcourts.gov.uk/civilcourtsreview/publications.asp. La Junta y el Equipo de Revisión también celebró una serie de reuniones con grupos de interés, profesionales, administradores de tribunales y el poder judicial, y se comprometió hecho visitas de investigación a Inglaterra e Irlanda, donde visitó los tribunales y se reunió con los jugadores clave en los sistemas de justicia civil de estas jurisdicciones.
Principios que sustentan la revisión
La revisión adoptó como objetivo general el objetivo de garantizar que los tribunales civiles de ofrecer al público un sistema de alta calidad de la justicia civil. Los principios por los que este sistema debe funcionar pueden resumirse como sigue:
• debe ser justo en sus procedimientos y prácticas de trabajo;
• debe ser apto para garantizar la justicia en el resultado de las controversias;
• Debe ser accesible a todos y sensibles a las necesidades de aquellos que la usan;
• t debe alentar la pronta solución de las controversias y hacer frente a casos tan rápidamente y con la mayor economía que sea compatible con la justicia;
• Se debe hacer uso efectivo y eficiente de sus propios recursos, la asignación a los casos en proporción a la importancia y el valor de las cuestiones en juego, y
• Se debe tener en cuenta la eficaz y eficiente empleo de los recursos de los demás.
Es esencial que los tribunales tienen a su disposición suficientes recursos judiciales, administrativos y físicos para satisfacer las demandas sobre ellos de una manera coherente con los principios mencionados.
Los tribunales, como las autoridades públicas, deben actuar de una manera compatible con el Convenio Europeo de Derechos Humanos. Esto también ha apoyado la labor de la revisión, y la Revisión considera que todas sus recomendaciones cumplir esa prueba.
El sistema actual
Una serie de temas claves surgidos de la consulta. Estos son discutidos en detalle en el Informe, en particular en el capítulo 2, a la que se debe hacer referencia.
• La presión de los negocios criminales. Los casos civiles son rutinariamente aplazado o interrumpido para dar paso a actividades delictivas, causando retraso inaceptable y gastos. Los encuestados se quejaron de largos períodos de espera antes de que se escucharon de los casos, y de los retrasos en la expedición de resoluciones judiciales en el Tribunal de Justicia de la sesión. (Capítulo 2, párrafos 4-10)
• La necesidad de un mayor grado de especialización judicial. Los profesionales y usuarios de los tribunales se mostraron claramente a favor de un mayor grado de especialización en los tribunales de condado, principalmente en derecho de familia, derecho comercial, lesiones personales, de consumo y los casos de vivienda. El sistema actual hace que la especialización y la continuidad judicial difícil de lograr. (Capítulo 2, párrafos 11-12)
• La jerarquía de los tribunales y el uso adecuado de los recursos judiciales. La jurisdicción del Tribunal de Justicia de la Sesión y tribunales de condado se superponen en gran medida, con las partes la libertad de elegir el lugar de litigar sin tener en cuenta de la importancia o complejidad del caso. Con la excepción de escasa cuantía y el resumen de las causas, existe un derecho ilimitado de apelación ante la Cámara Interior. La asignación actual de los negocios es un despilfarro y la ineficiencia, y no promueve la entrega efectiva de la justicia. (Capítulo 2, párrafos 13-16)
• Más de dependencia de los recursos temporales. A tiempo parcial y temporal de los miembros del poder judicial cada vez más forman parte integrante del programa de corte en tanto por el Tribunal de la sesión y tribunales de condado. Hubo denuncias de falta de experiencia y compromiso. También había preocupación en cuanto a la conveniencia de la práctica de un abogado o defensor, tanto apareciendo y sentado en una capacidad judicial en la Corte misma. (Capítulo 2, apartado 17)
• La necesidad de una gestión eficaz de los casos y los procedimientos de reforma. La inmensa mayoría de los encuestados pensaba que el tribunal, en lugar de las partes, deberá controlar la conducta y el ritmo de los litigios. Hubo apoyo para las competencias de gestión mayor de casos y las sanciones para los partidos que se comportan como abusivos o no cumplan con las normas de la corte. (Capítulo 2, párrafos 18 - 21)
• Inversiones en tecnología de la información. Los encuestados fueron de la firme opinión de que el sistema judicial no está aprovechando plenamente las oportunidades que la tecnología de la información ofrece para mejorar la eficiencia de la dirección y gestión de las empresas civiles. (Capítulo 2, apartado 22)
• Grupo de los litigantes y de un nuevo foro o un método para tratar los casos de menor valor. Para los litigantes que no tienen representación legal, incluso los procedimientos judiciales diseñado pensando en ellos puede ser inaccesible. Los encuestados también señaló que los litigantes de las partes puede causar gastos innecesarios y retrasos por falta de familiaridad con los procedimientos o los trastornos de conducta y que refuercen las medidas encaminadas a veces tienen que lidiar con los que presentar reclamaciones sin fundamento o se comportan de manera injustificada. (Capítulo 2, párrafos 23-24)
• Problemas relacionados con el coste y la financiación de los litigios. Los encuestados se refirió a los costes del litigio y señaló que sólo aquellos con un patrimonio considerable, o que son elegibles para la asistencia jurídica puede darse el lujo de litigar. Hubo preocupación por el déficit entre lo que los clientes tienen que pagar a sus asesores jurídicos y lo que pueden recuperar los gastos de la otra parte, y también sobre la fiscalidad de las cuentas judiciales. (Capítulo 2, párrafos 25-28)
Recomendaciones
La revisión propone un paquete de reformas estructurales y funcionales para hacer frente a los problemas identificados. Estos son discutidos en detalle en el informe, que contiene una lista completa de las recomendaciones y al que se debe hacer referencia. Las principales recomendaciones se resumen a continuación:
Estructura del sistema judicial civil (capítulo 4)
• El Servicio de Tribunal Escocés plan para la eliminación de tiempo parcial de los recursos judiciales, que debería estar disponible sólo para emergencias (véase el apartado 30).
• Un sistema de prever que un número de comisarios en cada sheriffdom debe ser designados como especialistas en determinadas áreas de la práctica, incluida la delincuencia solemne, civil general, el perjuicio personal, familiar y mercantil (véanse los párrafos 64, 66).
• Un Tribunal de Apelación del Sheriff nacional debe establecerse, para escuchar resumen Apelaciones en lo Penal y los llamamientos públicos de los jueces de distrito (ver abajo) y los sheriffs. En el informe se hagan recomendaciones detalladas sobre la estructura y la composición de la nueva Corte (véase el apartado 79).
• El privativa (es decir, exclusivo) la jurisdicción de los tribunales de condado deben ser aumentado, de su nivel actual de £ 5.000 a £ 150.000 (véase el párrafo 123).
• Un especialista en canchas de daños personales debe ser creado, con sede en Edimburgo Sheriff Court, pero con jurisdicción en toda Escocia. Perseguidores, por lo tanto tendrá la posibilidad de elegir entre el acceso local a la justicia o las ventajas de un tribunal de condado con un todo-la jurisdicción de Escocia (véase el párrafo 154).
• Una nueva oficina judicial debe ser creado, el de juez de distrito. Un juez de distrito se sentaba en los tribunales de condado y escuchar RESUMEN DE NEGOCIO penales y demandas civiles de escaso valor (véase el párrafo 176).
Un nuevo modelo de gestión de casos (Capítulo 5)
Un sistema de expediente debe ser presentado en el Tribunal de Justicia de la Sesión y tribunales de condado. Un caso sería asignado a un determinado juez o el sheriff, quien se ocuparía de todas las audiencias en este caso (véanse los apartados 44, 45, 62, 72, 73).
Con ciertas excepciones, todas las acciones deben estar sujetos a la gestión de casos judiciales. Una audiencia de gestión de casos debe fijarse poco después de la presentación de las defensas. Normalmente, se llevaría a cabo por medio de una conferencia telefónica. El informe se estipula con detalle los asuntos a tratar en la audiencia de gestión de casos, como el intercambio de información y la concentración de las emisiones realizadas por representantes de las partes. La principal excepción serían acciones de lesiones personales, por lo que el flujo de las disposiciones especiales de gestión de casos ya se han realizado (véanse los apartados 48, 74, 77 - 81).
En las acciones tribunales de condado será transferido a un tribunal en el que un sheriff, con las especialidades más importantes es residente. De negocios de procedimiento se realizará por correo electrónico, teléfono, videoconferencia o por escrito (véase el apartado 61).
Jueces de distrito tendrán jurisdicción para conocer de las acciones de vivienda, acciones para el pago de 5.000 libras o menos, y las referencias y apelaciones de las audiencias de los niños, y la jurisdicción concurrente con los alguaciles de las acciones de la familia (véase el apartado 71).
Debería haber un nuevo conjunto único de normas para los casos de £ 5,000 o menos (denominado «procedimiento simplificado»). Las nuevas normas deben basarse en la resolución de problemas o un enfoque intervencionista en el que el tribunal debe determinar los problemas y especificar lo que desea ver o escuchar por medio de pruebas o argumentos. Las normas deben ser escritas en Inglés simple y redactado para las partes litigantes en lugar de profesionales de la justicia (véanse los párrafos 125-127, 131).
El Gobierno escocés debería desarrollar y ampliar los servicios de asesoramiento en la corte, incluidos los servicios que ofrece ayuda especializada en materia de vivienda, como parte de una estrategia más amplia para mejorar y coordinar la prestación de financiación pública de asistencia judicial civil y asesoramiento en general (véase el párrafo 147 ).
Tecnología de la información (capítulo 6)
• El informe apoya el aumento del uso de TI y hace recomendaciones detalladas que incluyen: el uso de correo electrónico como un medio de comunicación con los tribunales y el poder judicial, video y conferencias telefónicas y la grabación digital de datos (véase el apartado 84).
Mediación y otras formas de solución de controversias (Capítulo 7)
• El informe reconoce el valor de Resolución Alternativa de Disputas, y hace propuestas, como un servicio gratuito de mediación para los créditos en el marco del nuevo procedimiento simplificado (ver párrafos 37-39).
Facilitar la solución (capítulo 8)
• No hay recomendaciones detalladas sobre el uso obligatorio en los casos de lesiones personales de los pre-protocolos de actuación destinadas a garantizar el intercambio rápido de información y permitir que los casos de liquidación anticipada, de forma justa y, si es posible, sin litigio (véanse los párrafos 33, 34, 53) .
• Cualquiera de las partes debe ser capaz de hacer una oferta formal en la liquidación de una reclamación (en la actualidad los defensores sólo pueden hacerlo). El informe analiza las consecuencias para los gastos que puedan derivarse de rechazar dicha oferta (véanse los párrafos 85 a 91).
Mejora de las competencias de gestión de la jurisprudencia del Tribunal (Capítulo 9)
• El principio rector de las reglas de la corte debe ser que su objetivo es proporcionar a las partes con una resolución justa de la controversia de conformidad con sus derechos sustantivos, de una manera justa y con la debida atención a la economía, la proporcionalidad y el uso eficiente de la de los recursos de las partes y del tribunal (véase el apartado 13).
• El informe hace recomendaciones para mejorar las competencias de gestión de la jurisprudencia del Tribunal, incluida la pronta revelación de los documentos (véase el apartado 38), un mayor uso de declaraciones de testigos en lugar del testimonio oral (véase el apartado 47), abreviado alegatos escritos (véase el apartado 60) y el el uso adecuado de las pruebas periciales (véanse los párrafos 78-91).
• Cualquiera de las partes debe ser capaz de pedir a la corte para deshacerse de un caso sumariamente (es decir, sin proceder a una audiencia completa) si la otra parte no tiene posibilidades reales de éxito y no hay ninguna razón de peso por las cuales el caso debe proceder (véase el apartado 103).
• No hay recomendaciones para el manejo eficiente del tiempo de corte, tales como la exigencia a las partes para acordar un calendario para la presentación de pruebas (véase el párrafo 117) y la mayor utilización de argumentos por escrito (véanse los apartados 119, 126).
• La corte debe tener un poder general para imponer sanciones por incumplimiento de las normas u órdenes judiciales. Una extensa lista de las sanciones propuestas, incluida la concesión de decreto contra la parte incumplidora, desestimar el caso o la realización de pedidos en relación con los gastos (véanse los párrafos 146, 148).
• La Corte debe tener poder para encontrar todos aquellos con los derechos de audiencia (notarios, abogados, etc) personalmente responsable de los gastos ocasionados por su propia culpa, o cuando comete un abuso del proceso (véase el párrafo 149).
• El informe recomienda una mejora de las competencias de los tribunales para dictar órdenes de limitar la posibilidad de litigar de los partidos que insisten en un comportamiento constitutivo de un abuso del proceso (véase el párrafo 190).
Resoluciones judiciales (capítulo 10)
• Las recomendaciones incluyen un registro en línea de casos en que la sentencia ha sido sobresaliente durante más de tres meses, el juez debe ser obligado a ofrecer una explicación por el retraso (véase el apartado 35).
Acceso a la justicia para los litigantes de las partes (capítulo 11)
• Hay recomendaciones para la promoción de la enseñanza del Derecho público (véase el párrafo 8), prestación en línea mejorado de información para los miembros del público (véanse los apartados 22, 24), el desarrollo de servicios de asesoramiento en el Tribunal de Justicia (véanse los párrafos 36-38) y los derechos de los representantes laicos (o "los amigos de McKenzie») de los litigantes de las partes (véase el apartado 53).
El control jurisdiccional y el litigio de interés público (Capítulo 12)
• La ley actual sobre el título y el interés de demandar es excesivamente restrictivo y debería sustituirse por una sola prueba, es decir, si el peticionario ha demostrado un interés suficiente en la materia objeto del procedimiento (véase el apartado 25).
• Peticiones de revisión judicial debe ser llevada, sin demora y, en cualquier caso, dentro de un plazo de tres meses (véanse los párrafos 38-39).
• La obligación de obtener autorización para proceder con una solicitud de revisión judicial debe ser introducido. La prueba debe ser si la petición tiene posibilidades reales de éxito (véanse los párrafos 51-52).
• El tribunal debe tener la facultad de dictar órdenes especiales en relación con los gastos en casos plantean cuestiones importantes de interés público. Esto podría incluir una orden emitida desde el principio o durante el curso del procedimiento en el sentido de que el autor no sería responsable de los gastos de la acción, incluso si no tiene éxito, o que los gastos de la parte vencedora se limitará a un particular importe (véase el apartado 73).
Acciones con pluralidad de partes (capítulo 13)
• El informe recomienda que debe haber un procedimiento especial para tramitar las reclamaciones múltiples que dan lugar a cuestiones comunes o similares de hecho o de derecho, por ejemplo, los litigios derivados de un desastre masivo o de responsabilidad por productos defectuosos. Se hacen recomendaciones detalladas sobre las características que ese procedimiento habría, incluidas las disposiciones especiales de financiación para las acciones con múltiples partes que serán administradas por la Scottish Legal Aid Board (véanse los párrafos 64-119).
El coste y la financiación de los litigios (Capítulo 14)
• detallada se hacen recomendaciones sobre la recuperación de los gastos. El costo de los litigios deben formar parte de la misión de la propuesta de Justicia Civil del Consejo de Escocia (ver abajo), en espera de que el Gobierno Escocés creó un grupo de trabajo para examinar la cuestión de los gastos (párrafos 50-67).
• Las oficinas del Auditor del Tribunal de Cuentas de la Sesión y tribunales de condado deben ser puestos asalariados, con sujeción a las normas habituales en materia de nombramientos públicos. El informe hace recomendaciones sobre las cualificaciones, la función y remuneración de los auditores (véase el apartado 83).
• Hay recomendaciones encaminadas a mejorar el sistema de tributación de las cuentas, como un mayor uso de las TI (véase el apartado 85).
• Si bien no se hacen recomendaciones sobre los acuerdos de honorarios especulativos en espera del resultado de una revisión en Inglaterra y Gales, se recomienda que esta cuestión debe abordarse con urgencia por el Grupo de Trabajo sobre la propuesta de las costas judiciales (ver párrafos 125-127).
• El Gobierno escocés debería estudiar con los proveedores de seguros de las posibilidades de mejorar la conciencia pública y aumentar la captación de voluntarios de seguro de defensa jurídica (véase el párrafo 140).
Un Consejo de Justicia Civil de Escocia (Capítulo 15)
Un Consejo de Justicia Civil de Escocia debe ser establecido con la responsabilidad de redactar las reglas de la corte. Su mandato sería similar a la de esta revisión: mantener en examen la disposición de la justicia civil por los tribunales en Escocia, incluyendo cuestiones tales como la estructura de los tribunales de su jurisdicción, procedimientos y métodos de trabajo, y el costo del litigio. El Consejo de Justicia Civil de Escocia, que supervisara la aplicación de este Informe, recibir las reclamaciones y propuestas de reforma; tienen el poder de la Comisión de Investigación, y mantenerse al corriente de las reformas y avances en otras jurisdicciones. De esta manera, la reforma y la mejora del sistema de justicia civil sería un proceso en curso (véanse los párrafos 51-59).
El Informe
El informe se publica en dos volúmenes. Volumen 1 contiene la introducción del Presidente, una introducción a la revisión (capítulo 1), un resumen de los problemas señalados y las recomendaciones (capítulo 2), un breve resumen de la estructura del sistema judicial civil en Escocia, que está dirigido a los lectores legos (capítulo 3) y los capítulos 4 a 9 con sus anexos. El Volumen 2 contiene los capítulos 10 a 15 con sus anexos, una lista de las reuniones celebradas durante el examen, una copia del informe de la Rt. Hon. Señor Penrose en el negocio de la casa interior y una bibliografía. Para facilitar la consulta, tanto en volúmenes contienen la lista completa de las recomendaciones formuladas por la revisión y que figura en el Informe.
El informe ha sido presentado al Gabinete del Secretario de Justicia, Kenny MacAskill MSP. Corresponderá a los Ministros escoceses para decidir cómo llevar adelante las recomendaciones que la revisión se ha hecho.














































